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Control e impulso de la actividad de la Diputación Foral

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El Diputado de Cultura, Xabier Lete, se dirige al Pleno

El Diputado de Cultura, Xabier Lete, se dirige al Pleno en la Junta Particular o Extraordinaria de 14 de mayo de 1986.

Las relaciones entre la Diputación Foral y las Juntas Generales son las propias de un sistema parlamentario, en el que la Diputación Foral (poder ejecutivo) responde de su gestión ante las Juntas Generales (poder legislativo) y está sometida a su control. Las Juntas Generales no sólo eligen al Diputado o Diputada General sino que pueden provocar su cese a través del mecanismo conocido como moción de censura, además de controlar e impulsar la gestión política del gobierno foral mediante diversos medios.

 

Los medios de control e impulso de la actividad de la Diputación Foral son los siguientes:

 

4.1 La moción de censura.

Las Juntas Generales pueden exigir la responsabilidad política de la Diputación Foral mediante la aprobación de una moción de censura. Esta moción debe ser propuesta al menos por quince Junteros y debe incluir una persona candidata a Diputado o Diputada General. Dentro de los dos días siguientes a la presentación de una moción de censura podrán presentarse mociones alternativas que deberán reunir los mismos requisitos.

 

El debate de la moción en el Pleno no podrá iniciarse hasta que hayan transcurrido, al menos, 5 días desde su presentación. Se inicia por la defensa de la moción por una persona juntera, a la que sigue la exposición por la persona candidata de su programa de gobierno. Con posterioridad podrá intervenir un representante de cada Grupo Juntero.

 

Sometida a votación la moción de censura, si ésta prospera con el voto de la mayoría absoluta del Pleno, supondrá el cese del Diputado o Diputada General y la Diputación Foral, y se entenderá proclamado Diputado o Diputada General la persona candidata que se haya propuesto en la moción.

 

Asimismo, se podrá exigir la responsabilidad de un Diputado o Diputada Foral, dentro del área de su competencia, mediante la adopción de una moción de censura. Su tramitación exige los mismos requisitos que los establecidos en el caso del Diputado o Diputada General, salvo el de la necesidad de proponer una persona candidata.

 

En caso de que sea aprobada la moción, el Diputado o Diputada General le cesará de forma inmediata y procederá a su sustitución.

 

4.2 La cuestión de confianza.

En determinadas situaciones, el Diputado o Diputada General, previa deliberación con todo su equipo de gobierno, puede plantear ante las Juntas Generales una cuestión de confianza sobre su programa político o sobre una declaración política.

 

La confianza se entiende otorgada cuando obtuviese la mayoría simple de los votos emitidos.

 

Si las Juntas Generales negasen su confianza al Diputado o Diputada General, éste deberá presentar inmediatamente su dimisión, procediéndose a la elección de un nuevo Diputado o Diputada General.

 

4.3 La declaración anual de política general.

Al comienzo del periodo anual de sesiones, el Pleno celebra un debate sobre política general de la Diputación Foral, en el que el Diputado o Diputada General realiza una evaluación de las acciones emprendidas y los objetivos cumplidos durante el año, así como los propósitos planteados para el año siguiente.

 

El debate se inicia con la intervención del Diputado o Diputada General, seguida de la intervención de un representante de cada Grupo Juntero.

 

Concluido el debate los grupos junteros dispondrán de un plazo de 24 horas para presentar mociones que serán debatidas en un pleno que habrá de celebrarse dentro de los 5 días siguientes a la finalización del citado plazo.

 

Este debate no será preceptivo el primer año de la legislatura.

 

4.4 Los debates monográficos.

Las Juntas Generales pueden realizar debates sobre la acción política y de gobierno, a solicitud de la Diputación Foral, o a propuesta de dos Grupos Junteros, o de la quinta parte de los miembros de las Juntas Generales.

 

Concluido el debate se abrirá un plazo de hasta dos horas para la presentación de mociones por los grupos junteros, para su debate en el Pleno.

 

4.5 Las Resoluciones.

Constituye el instrumento más característico de la función de impulso o de dirección política. Los Grupos Junteros pueden presentar Propuestas de Resolución con el objetivo de instar a la Diputación Foral a que realice una actuación determinada o de manifestar la opinión de las Juntas Generales sobre un tema de interés para el Territorio Histórico.

 

Tras la fijación por parte de los Grupos Junteros que intervengan en el debate de sus respectivas posiciones, se somete a votación la propuesta, junto con las enmiendas que se hubieran presentado.

 

Este tipo de iniciativas no tiene naturaleza normativa por lo que no obliga jurídicamente al órgano al que va dirigido. No obstante, el Reglamento de la Cámara prevé un mecanismo de control del cumplimiento por la Diputación Foral de las resoluciones aprobadas a ella dirigidas. Así deberá informar a la Comisión competente sobre su cumplimiento. Dicho informe será objeto de debate, transcurrido el cual la Comisión manifestará su criterio sobre su cumplimiento o incumplimiento.

 

4.6 Preguntas e Interpelaciones.

Mediante estos instrumentos dirigidos a controlar la acción del ejecutivo, las personas junteras pueden recabar información sobre una materia, un hecho o sobre determinados aspectos de la política de la Diputación Foral.

 

Las preguntas pueden recaer sobre cualquier asunto que incumba al gobierno foral y pueden recibir contestación ante el Pleno o ante la Comisión competente por razón de la materia, o por escrito.

 

Las interpelaciones se tramitan siempre ante el Pleno y versarán sobre los motivos o propósitos de la Diputación Foral en cuestiones referentes a determinados aspectos de su política. Pueden dar lugar a mociones similares a las Proposiciones No de Norma, en las que la Cámara manifiesta su posición.

 

4.7 Comparecencias y peticiones de información.

Otra forma de recabar información es mediante las comparecencias que los Diputados o Diputadas Forales realizan ante las Comisiones de las Juntas Generales, o a través de la documentación enviada por la Diputación Foral en relación con una materia determinada, a instancia de las personas junteras.

 

4.8 Las Declaraciones Institucionales.

Cuando se trate de materias que afecten a los intereses de la ciudadanía o a la defensa y protección de los derechos fundamentales de las personas, la Junta de Portavoces, por unanimidad, podrá aprobar declaraciones institucionales propuestas por un grupo juntero o por la Presidencia de las Juntas Generales.

 


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